Requisitos solicitados:
  • Dos (2) copias de Planos a escala (Carátula Municipal con datos actualizados plantas, cortes, vistas ,acotados y con la/s firma/s de propietario/s y profesional/es.)
  • Estudio de Dominio expedido por la Dirección de Catastro de la Municipalidad.
  • Copia de Contrato de alquiler o documentación que verifique la propiedad.
  • Contrato de comodato o autorización del propietario. En el caso de que el inmueble tenga más de un propietario, deberá contar con la autorización de todos los propietarios.
  • En caso de sociedades comerciales o civiles presentar copia auténtica del contrato social y/o estatuto, designación del representante legal. Resolución de inscripción como persona jurídica.
  • En caso de que el inmueble pertenezca al I.P.V, deberá contar con Autorización del mismo, para cambio de destino de local, ampliación o el desarrollo de actividades comerciales.
  • Factibilidad de Ministerio de la Producción – Subsecretaria de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental. (Impacto Ambiental).
  • Factibilidad de Suministro de Energía Eléctrica (REFSA).
  • Factibilidad de Conexión de agua potable y recolección de residuos cloacales, ambas solicitadas a las empresas prestatarias de dichos servicios (Aguas de Formosa).
  • En caso de que el Inmueble comprenda varios lotes, deberá contar con la Unificación de parcelas.-(expedido por la Dirección de Catastro de la Municipalidad de Formosa.
Generalidades:

Deberá cumplir con las siguientes exigencias:

  • Código Urbanístico Ord. 302/78, desarrollar todas sus actividades dentro de la parcela absorbiendo las diversas molestias o peligros que pueden causar a linderos, disponer de espacio tanto para operaciones de cargas y descarga como para estacionamiento.
  • Reglamento General de Construcciones – Decreto/Ordenanza 710/77 y sus modificatorias.
  • Ordenanza 5547/08 sobre utilización de espacio público.
  • Si las actividades fueran degradantes o susceptibles de degradar el ambiente, deberán presentar conforme la ordenanza 2610/92 un informe de Evaluación de Impacto Ambiental en todas las etapas del desarrollo del `proyecto (ver Código Ambiental Ord. 2710/92), quedando sujeta su verificación por el Ministerio de la Producción – Subsecretaria de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental.
  • Reglamento contra Incendios – Ord. 1387/85.-
  • Sistema de intersección y colección de fluidos combustibles y no combustibles (como canaletas, rejillas, cámaras interceptoras, etc.).
  • Ordenanza 600/80 para la correcta localización y respectivos usos.